Retribución del administrador, qué exige la ley para que cobre y cómo revisarla
Por Luis Jiménez-Asenjo · Abogado · ICAB nº 30516
La retribución del administrador es lo que la sociedad le paga por ejercer el cargo. El cargo es gratuito salvo que los estatutos fijen un sistema de remuneración, y aun entonces la junta general debe aprobar el importe máximo anual del conjunto de los administradores. Revisarla consiste en comprobar que cada pago tiene esa base en los estatutos, en la junta o en un contrato aprobado.
Los requisitos para que el administrador cobre
Cuando cobra por un contrato y no por el cargo
¿Tu socio administrador cobra sin que la junta lo haya aprobado? Revisamos estatutos, actas y cuentas y te decimos qué puedes reclamar.
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Sobre el autor
Abogado especializado en derecho societario y concursal en Barcelona, colegiado nº 30516 del ICAB. Ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros. Dirige Conflicto de Socios.
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