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Conflicto de Socios

Conflictos entre socios · Barcelona

Abogado societario en Barcelona para socios que ya no deciden nada

Dividendos que no llegan, información que te niegan, acuerdos que se imponen o un socio que quiere echarte. Te decimos qué opciones tienes y qué plazos corren antes de que se cierren.

Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 · también en catalán

Cuéntanos qué pasa en tu sociedad

Con unas líneas basta. Te respondemos por teléfono o por correo, como prefieras.

    Sin compromiso. Antes de nada te decimos qué coste tiene el primer diagnóstico.

    Responsable: Luis Jiménez-Asenjo Sotomayor. Finalidad: atender tu consulta. Legitimación: tu consentimiento. No se ceden datos a terceros salvo obligación legal. Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y demás derechos como se explica en la política de privacidad.

    Más de 20 años

    de ejercicio de la abogacía

    Más de 10 años

    dedicado a los conflictos entre socios

    Ha sido profesor

    en la Universidad de Barcelona y en otros centros

    ICAB nº 30516

    Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona

    Luis Jiménez-Asenjo en su despacho

    Quién lleva tu caso

    Un abogado que solo se dedica a esto y lo ha vivido desde dentro

    Luis Jiménez-Asenjo es abogado especializado en derecho mercantil, societario y concursal, con más de 20 años de ejercicio y los últimos diez dedicados sobre todo a los conflictos entre socios. Ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros, y ha actuado como administrador concursal.

    Ha vivido dos conflictos entre socios en primera persona, el último como socio minoritario. Sabe lo que se siente al otro lado de la mesa.

    Especialización

    No hacemos de todo. Solo conflictos societarios.

    Experiencia

    Más de diez años en empresas, familias y sectores distintos.

    Gestión del caso

    Tecnología para los procesos, trabajo artesanal en cada caso.

    Servicio

    De principio a fin, con fiscalista, laboralista o penalista cuando hace falta.

    Casos

    Algunos casos de éxito que hemos llevado

    Contados sin datos que permitan identificar a nadie. Cada caso es distinto y el resultado de uno no anticipa el de otro.

    Junta de socios · cese del administrador

    El minoritario que tomó el control de la junta

    Tres inversores con un 33% cada uno y un gestor con el 1%. Dos de ellos convocaron junta para cesar a nuestro cliente como administrador. Al revisar las escrituras apareció un detalle: uno de los socios había comprado su 33% a su hermano sin respetar el derecho de adquisición preferente de los demás socios, que no se aplica entre padres e hijos o cónyuges pero sí entre hermanos. Como presidente de la junta, nuestro cliente no admitió ese voto.

    Resultado

    El cese no salió adelante y el conflicto terminó en acuerdo.

    Retribución de administradores · salida del socio

    El socio del 4% que dio un golpe en la mesa

    Nuestro cliente tenía el 4% de una sociedad limitada que no repartía dividendos. Los mayoritarios pasaron a ser administradores retribuidos, con contratos de servicios de fijo y variable, y repartían solo el 25% de un resultado mínimo que impedía la separación. Impugnamos esos acuerdos.

    Resultado

    El juzgado declaró que las retribuciones no eran conformes a la ley y debían devolverse a la sociedad. Después, los mayoritarios compraron el 4% a un valor acorde con la realidad.

    Sociedad familiar · salida negociada

    Una sociedad familiar con final feliz

    Una sociedad patrimonial con tres ramas de la misma familia. Una quería salir con su lote de inmuebles, pero nadie quería asumir el impacto fiscal de una reducción de capital con entrega de inmuebles y la negociación llevaba tiempo bloqueada. Pedimos un informe a un fiscalista independiente que explicó a todas las partes el coste real de la operación.

    Resultado

    Acuerdo de salida y, algo poco habitual en estos conflictos, las ramas enfrentadas retomaron el contacto personal.

    ¿Tu caso se parece a alguno?

    Cómo trabajamos

    Qué pasa cuando nos escribes

    01

    Primer contacto

    Nos envías tu consulta y te vamos pidiendo la documentación y la información más relevante del caso.

    02

    Primer diagnóstico

    Un abogado con experiencia en estos conflictos analiza el caso y te envía un informe con su opinión jurídica. Conoces su coste antes de encargarlo, según las horas y la complejidad del asunto.

    03

    Estrategia y presupuesto

    Comentamos contigo el informe, definimos la estrategia y preparamos un presupuesto según los pasos que haya que dar. Todo claro desde el principio.

    04

    Desarrollo del caso

    Llevamos a cabo la estrategia elegida y te mantenemos informado a través del portal del cliente.

    Si hay que ir más allá

    Si el conflicto llega al juzgado

    Antes de la demanda suele haber un requerimiento notarial, una solicitud al Registro Mercantil o ambas cosas. Cada paso tiene su propio calendario.

    Juzgado de lo mercantil

    Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia (Gran Via de les Corts Catalanes, 111): impugnación de acuerdos, responsabilidad de administradores y disolución judicial.

    Registro Mercantil

    Con al menos un 5% del capital puedes pedir un auditor si la sociedad no está obligada a auditarse (art. 265.2 LSC), y cualquiera de las partes puede pedir un experto que valore las participaciones (art. 353 LSC).

    Notaría

    El requerimiento notarial para que se convoque la junta fija la fecha desde la que corren los dos meses para celebrarla (art. 168 LSC). Con el 5% del capital, un notario puede levantar el acta (art. 203 LSC).

    Antes de escribirnos

    Preguntas frecuentes

    ¿Tienes otra duda? Llámanos al +34 607 52 05 88 o escríbenos.

    Asesora y defiende a socios y sociedades en todo lo que afecta a la vida de la sociedad: juntas y acuerdos, administradores, entrada y salida de socios. Nosotros nos centramos en los conflictos entre socios, como impugnar acuerdos, reclamar al administrador, defender al socio minoritario o negociar una salida. Tienes el detalle en los servicios de derecho de sociedades de esta página.
    Antes de encargar nada puedes comprobar tres cosas: que está colegiado, en el Censo de Letrados de la Abogacía Española; que se dedica a los conflictos entre socios y no a todo a la vez; y que te explica por escrito la estrategia y el coste antes de empezar. Luis Jiménez-Asenjo está colegiado en el ICAB con el nº 30516, ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros, y ha publicado en revistas jurídicas. Tienes sus artículos en su perfil.
    Depende de la documentación que haya que revisar. El primer contacto es sin compromiso y, antes de empezar el diagnóstico, te decimos qué coste tiene. Después, si decides seguir, te damos un presupuesto para la estrategia acordada.
    Con carácter general, un año desde que se adoptó el acuerdo o, si se inscribió en el Registro Mercantil, desde que la inscripción es oponible. Los acuerdos contrarios al orden público no caducan (artículo 205 de la Ley de Sociedades de Capital).
    En la mayoría de los asuntos civiles y mercantiles, sí. Desde la Ley Orgánica 1/2025 hay que acudir antes a un medio adecuado de solución de controversias, como la negociación entre abogados o la mediación, y ese intento suspende los plazos de caducidad mientras dura.
    Las demandas de derecho de sociedades, como la impugnación de acuerdos sociales, la acción de responsabilidad contra administradores o la disolución judicial, se presentan ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona, con sede en la Ciutat de la Justícia (Gran Via de les Corts Catalanes, 111).
    Sí, si tienes al menos el 5% del capital. Se pide al registrador mercantil del domicilio social, a cargo de la sociedad, siempre que no hayan pasado tres meses desde el cierre del ejercicio que quieres revisar (artículo 265.2 LSC).
    No suele serlo. Buena parte del estudio se hace sobre documentación que puede enviarse por medios digitales, y la presencia física solo es necesaria en actuaciones concretas, como una vista.
    Sí. Atendemos en castellano y en catalán, tanto en las reuniones como por escrito.
    En Carrer de Móra d’Ebre, 49, 08023 Barcelona. Atendemos de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00, en el +34 607 52 05 88 y en info@conflictodesocios.es.

    Primer paso

    Cuanto antes lo veamos, más opciones tendrás

    En un conflicto entre socios algunos plazos son de semanas. Cuéntanos qué pasa y te decimos qué puedes hacer y cuánto costaría el primer diagnóstico.

    Cuéntanos qué pasa en tu sociedad

    Con unas líneas basta. Te respondemos por teléfono o por correo, como prefieras.

      Sin compromiso. Antes de nada te decimos qué coste tiene el primer diagnóstico.

      Responsable: Luis Jiménez-Asenjo Sotomayor. Finalidad: atender tu consulta. Legitimación: tu consentimiento. No se ceden datos a terceros salvo obligación legal. Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y demás derechos como se explica en la política de privacidad.