Auditor a instancia de la minoría, cómo pedir al Registro Mercantil que audite las cuentas
Por Luis Jiménez-Asenjo · Abogado · ICAB nº 30516
El auditor a instancia de la minoría es el que nombra el registrador mercantil, a petición de socios con al menos el 5% del capital, para revisar las cuentas de una sociedad que no está obligada a auditarse. La auditoría la paga la sociedad y hay que pedirla dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.
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Sobre el autor
Abogado especializado en derecho societario y concursal en Barcelona, colegiado nº 30516 del ICAB. Ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros. Dirige Conflicto de Socios.
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