Suspensión cautelar de acuerdos sociales, anotación de la demanda y embargo preventivo
Por Luis Jiménez-Asenjo · Abogado · ICAB nº 30516
Las medidas cautelares son decisiones que el juez adopta al inicio del pleito, o antes, para que la sentencia no llegue tarde. En los conflictos entre socios las más usadas son la suspensión cautelar de acuerdos sociales, la anotación preventiva de la demanda en el Registro Mercantil y el embargo preventivo de bienes. Exigen acreditar riesgo por la demora y apariencia de buen derecho, y normalmente prestar caución.
Qué medidas se pueden pedir
Los requisitos que examina el juez
Cuándo pedirlas y qué plazos corren
¿Van a ejecutar un acuerdo que quieres impugnar? Revisamos si cabe pedir su suspensión y con qué urgencia.
Cómo se piden, paso a paso
Dónde se usa esta herramienta
Sobre el autor
Abogado especializado en derecho societario y concursal en Barcelona, colegiado nº 30516 del ICAB. Ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros. Dirige Conflicto de Socios.
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