Prueba anticipada y diligencias preliminares, cómo conseguir la prueba antes del juicio
Por Luis Jiménez-Asenjo · Abogado · ICAB nº 30516
La prueba anticipada es la práctica de una prueba antes del juicio, o incluso antes de la demanda, cuando hay temor fundado de que no pueda hacerse después (art. 293 LEC). Convive con las diligencias preliminares, que preparan la demanda, y con el aseguramiento de la prueba. Al socio le sirven sobre todo para acceder a la documentación contable y conservarla.
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Sobre el autor
Abogado especializado en derecho societario y concursal en Barcelona, colegiado nº 30516 del ICAB. Ha sido profesor en la Universidad de Barcelona y en otros centros. Dirige Conflicto de Socios.
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